jueves, 12 de enero de 2012

Marketing o realidad

En los últimos años se han producido todo tipo de cambios en nuestra sociedad: del superávit al déficit, del ladrillo al desahucio, del vicio al suplicio. Las empresas experimentan continuas búsquedas de potenciales clientes y hoy en día todos ( o casi) estamos en la red. Puede que no todos sepamos qué quieren decir algunos términos un poco específicos: feed, PageRank,pero a todos nos suenan otros muchos post, blog, ..., y posicionamiento. Me juego algo bueno que más de uno mira por la mañana, por la tarde y por la noche, cuantas entradas ha tenido su web o blog.

Pero vamos al grano ¿cómo se están publicitando algunas empresas?¿cómo aumentan las entradas a su web? Muy fácil: mediante una oferta de empleo. Todos andamos de portal en portal buscando y algunos desalmados se aprovechan... así de sencillo.
Hoy me he encontrado una oferta en linkedIn, os puedo asegurar que es un puesto al que aspiramos muchos, vale, es relacionado con la construcción.

Pues bien, la "oferta" en cuestión por no poner ni siquiera indica la situación de la obra, ni la empresa, ni los requisitos del candidato, na´de na´. ¿Cuál es le truco del almendruco? Pues nada, a buscar información, entras en el perfil del ofertante y tata tachan WEB DE EMPRESA. Llegado a este punto, dudas, sabes que sólo buscan el click, pero es irremediable,..., ya has entrado....A rio revuelto, ganancia de pescadores?

martes, 10 de enero de 2012

La crisis de la persona

En estos tiempos las personas no sólo sufrimos la crisis económica, sino que sufrimos nuestra propia crisis personal, sobretodo en el sector de la construcción, provocada por un mercado laboral desaparecido y el rechazo continuo de nuestros currículos.

Es posible que, tú como yo, un día envíes 30 currículos a diestro y siniestro y luego, desesperanzado, no vuelvas a mirar ofertas de trabajo en un mes.Sobre el papel no parece una conducta lógica o apropiada. Y es así. Así que ya es hora de cambiar de comportamiento. Sólo hay una opción: adaptarse. Todos los días conozco nuevas "reinvenciones"; es decir, personas que se reinventan, que saben sacar partido, no sólo de sus conocimientos, sino de sus aptitudes, de sus aficiones, o simplemente que por fin tienen la oportunidad de dedicarse a lo que más les gusta. En mi opinión el éxito es directamente proporcional al entusiasmo en el trabajo, y hay para quien una temporada en el INEM ha servido para replantearse las cosas, puede que incluso a base de renunciar a lo material, y esforzarse mucho, mucho,y  dar un cambio radical a su actividad.

Con algo de optimismo, sacrificio y una sonrisa se puede conseguir mucho. Sentado en casa, esperando que se acabe la dichosa crisis, seguro que nadie me viene a buscar. Así que ¿porqué no cambiamos el nombre? pasemos de la crisis, llámalo "el cambio", y empieza! Esta época de cambios no durará para siempre ¿te lo vas a perder?

Os dejo un vídeo. Es un anuncio, pero demuestra que el cambio es posible, e incluso, puede que os saque una sonrisa.

lunes, 9 de enero de 2012

Subida catastral


Desde el anuncio de Rajoy del aumento del Impuesto de Bienes Inmuebles, podemos encontrar un amplio abanico de posibilidades en cuanto a quién sí y quién no va a sufrir la subida. Me parece  interesante analizar cada una de las opciones que establece el RD-ley 20/2011 y de paso aclarar algún concepto sobre cálculo del valor catastral.

En primer lugar se establece que el incremento tiene en consideración el año de entrada en vigor de la correspondiente ponencia total de valores del municipio. Ahora bien ¿sabemos qué es la ponencia de valores? Pues una ponencia de valores es un conjunto de documentos que contienen el valor del suelo y de las construcciones, y los coeficientes correctores a aplicar; es decir, una ponencia de valores es la base de cálculo del valor catastral. Como en este caso se refieren a ponencia de valores total, se refiere a que afecta a todos los inmuebles de un municipio.

Con esta aclaración entramos en materia:
  • para ponencias anteriores a 2002, el incremento se fija en el 10%.
  • para ponencias aprobadas entre 2002 y 2004 el incremento se fija en el 6 %.
  • para ponencias aprobadas entre 2005 y 2007 no es de aplicación.
  • y en los aprobados entre 2008 y 2011 el incremento es del 4%.

Cartografía catastral de Moraleja del Vino (Zamora)
Creo que queda claro que el aumento en la base liquidable del impuesto va ligado al valor de mercado del inmueble en el momento del último procedimiento de valoración colectiva. Ahora bien ¿es justo? sabemos que hay municipios en los que no ha habido renovación catastral en los últimos 25 años, parece que no es equiparable a un municipio con ponencia vigente desde 1999. Y qué decir de casos como el de la Vila Joiosa, donde la ponencia de 2005 hizo aumentar el IBI hasta un 400%.

Por otra parte, el incremento no será de aplicación a los inmuebles residenciales a los que les resulte de aplicación una ponencia de valores total aprobada en el año 2002 o posterior y que pertenezcan a la mitad con menor valor catastral del conjunto de los inmuebles de dichas características del municipio, ¿y esto porqué?. Parece de perogrullo que se ha querido salvaguardar a los menos favorecidos, sobretodo porque como sus valores catastrales tienen menos de 10 años, cada año que pasa desde la entrada en vigor de la ponencia de valores, su base liquidable aumenta.

Y para rematar, hay municipios donde los tipos sobre el IBI ya se han subido (por cierto  no creo que fuera necesario que nos indicaran los tipos mínimos a aplicar, a ver quién conoce algún municipio que los tenga por debajo de ellos)¿cuántos aumentos vamos a pagar? Lo más preocupante es que, por lo menos yo, no tengo la certeza de que vaya a ser suficiente.



domingo, 8 de enero de 2012

Canadá se va y nosotros nos quedamos

Canadá ha anunciado que renuncia a cumplir el protocolo de Kyoto. Básicamente Kyoto estableció los porcentajes de emisiones de gases de efecto invernadero que debían reducirse y cuando. Pero hecha la ley hecha la trampa: las emisiones de efecto invernaderos son un negocio muy rentable para aquellos países que cuyas emisiones están por debajo de las cantidades asignadas. Así España para cumplir con la reducción de emisiones de Kyoto hasta 2012 deberá gastarse 420 millones de euros. Ahí es nada.


Por otra parte la industria que excede las emisiones, por ejemplo las eléctricas, no incluyen en nuestra factura la compra de derechos de emisión. Incluso cuando la energía es "limpia".


 
La verdad es que da que pensar... si España no paga los 420 millones también sería acusada de irreponsabilidad climática, como le está ocurriendo a Canadá? La responsabilidad climática se mide en euros, y a perro flaco todo son pulgas y Kyoto es otra pulga más, mal que nos pese a muchos.

viernes, 6 de enero de 2012

Cédula de habitabilidad de 2ª ocupación


El Decreto 161/1989 del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se regula el procedimiento de expedición de las cédulas de habitabilidad, actualmente en vigor, especifica que ”….la Cédula de Habitabilidad tendrá un periodo de validez de cinco años, a partir de su fecha de expedición, de forma que toda contratación de servicios de suministros propios de la vivienda, efectuada con posterioridad a dicho plazo requerirá la obtención previa de una nueva Cédula de Habitabilidad”. 
En su artículo 3º ”Documentación y procedimiento”, apartado 2 ”Viviendas de segunda o posteriores ocupaciones”, además de la documentación allí especificada que deberá aportar el cliente, establece que ”la Certificación expedida por técnico competente, visada por el respectivo Colegio Profesional ... que acredite que la vivienda cumple la normativa técnica de habitabilidad de la Generalidad Valenciana aplicable, y que no se trata de una edifi cación de nueva planta, con especificación de la clase de suelo en que la vivienda se ubica”. 
El Decreto detalla claramente que la Certificación debe aportar los siguientes datos:
  • Calificación del suelo (rústico-urbano)
  • Vivienda de segunda o posterior ocupación
  • Cumplimiento de la normativa técnica de habitabilidad de la Generalitat Valenciana. 
Por lo que en todos los certificados de segunda ocupación se deberá hacer constar la referida información.

martes, 3 de enero de 2012

Libro del Edificio


Hoy queremos aclarar un par de cuestiones sobre el Libro del Edificio, recordando de paso las obligaciones de correcto uso y mantenimiento de los propietarios de inmuebles.

¿Qué es el Libro del Edificio? Aprobado por el Decreto 25/2011, está formado por documentación de índole administrativa, técnica, de uso y mantenimiento, que informa al propietario de las características de su inmueble y de d...e cuáles son las acciones futuras que debe realizar para mantenerlo en sus características iniciales.

¿Cuándo es obligatorio? El Libro del Edificio debe existir en toda intervención que se realice en edificación, ya sea un edificio de nueva construcción o bien un edificio en el que se realice una rehabilitación.

¿Quién debe tener el Libro del Edificio? Los propietarios y en caso de arrendamiento el arrendador debe entregar una copia al inquilino, para que éste conozca qué usos del inmueble son los adecuados y qué operaciones de mantenimiento se deben realizar.

¿Quién se ocupa de mantener al día el Libro del Edificio? Puesto que las operaciones de mantenimiento realizadas se deben registrar en el Libro del Edificio, así como la aprobación anual del plan de mantenimiento, la comunidad de propietarios deberá designar a una persona física o jurídica, propietaria o no, quien ejercerá las funciones de secretario de la comunidad, para que gestione la documentación del libro del edificio, las operaciones de mantenimiento y cuantas actuaciones se deriven de su aplicación.

Aunque pueda parecer una tarea ardua, el Libro del Edificio se puede convertir en un aliado al ayudarnos a mantener nuestros edificios en condiciones óptimas, algo que nos beneficia a todos, tanto en cuestión del uso habitual, como ante una posible venta o arrendamiento.